NADIE SE PUEDE HACER CARGO DE UNOS MENORES EN ABANDONO

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Por César Gutiérrez

Tras varios reportes a la línea de emergencias 9-1-1 a unos menores en el Fraccionamiento Jacarandas, esto por la calle Violeta entre Nardo y Hortensia de esta Tepic.

Se conoció que 3 menores con discapacidad viven el la casa marcada con el número 195 de la citada calle, los cuales debido a su condición los tienen en estado de abandono, sin recibir terapia o apoyo psicológico adecuado a su condición, pero de acuerdo al testimonio de los vecinos, dichos infantes tienen que buscar entre la basura algo que comer, por lo que su condición de vida es deplorable, a lo que los habitantes de la zona es seguido que los reporten sin que ninguna autoridad competente haga algo por ellos.

La Convención sobre los Derechos del Niño establece los derechos que deben hacerse realidad para que los niños, adolescentes y jóvenes desarrollen todo su potencial y estén protegidos de la violencia, los abusos y los daños.

Los cuatro principios fundamentales de la Convención son el interés superior del niño, el derecho a la vida, a la supervivencia y al desarrollo, la participación infantil y la no discriminación.

Pero parece que aquí se pasaron por el arco del triunfo el tratado internacional, ya que a pesar de haber acudido en diversas ocasiones la policía, nunca hubo respuesta para garantizar los mas esencial de los derechos de los menores, por lo que volvieron a decir los elementos de Protección a la Mujer dependientes de la Policía Estatal que ellos no podían hacer nada, ya que debido a su condición que sufren, en ningún albergue o casa infantil los aceptaban.

Por lo que los vecinos cansados de esa respuesta, empezaron a exigir a los uniformados que debido a que es obligación del estado garantizar una calidad de vida, deberían de llevarlos al DIF, por lo que se espera que en las próximas horas intervengan para mejorar las condiciones de los citados menores.

Se pide la intervención y se hace un llamado al Dr. Miguel Ángel Navarro Quintero, gobernador constitucional del estado de Nayarit; para que dentro de sus funciones y en apego a la carta magna local, garantice el derecho de estos menores a una condición de vida mejor.

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