En la Ley del Fondo de Ahorro para el Retiro Digno de las y los Trabajadores, se establece que los Fondos para el Retiro estarán regulados y vigilados por la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR); toda vez que se constituirá una AFORE que los administre, la cual tendrá personalidad jurídica, patrimonio propio, autonomía técnica, operativa y de gestión.