DETENIDOS 8 SUJETOS, SE METIERON A LA UAN PARA INTENTAR LLEVARSE A UN ESTUDIANTE A UN ANEXO

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La noche de este jueves se realizó la detención de 8 personas, dentro de la Universidad Autónoma de Nayarit.

Se conoció que una camioneta marca Ram, tipo panel, color rojo, había ingresado a las instalaciones en búsqueda de un joven estudiante para trasladarlo a un anexo, previa contratación de la familia.

Al tenerlo a la vista; intentan asegurarlo pero lo demás compañeros de su salón intervienen, aprovechando este para darse a la fuga, y otros marcando a la línea de emergencia 911, solicitando la presencia de los uniformados.

Cuando la citada camioneta se retiraba del lugar, fue interceptada por elementos de la Policía Estatal, por lo que es detenida la unidad, para bajar a sus ocupantes y asegurarlos, trasladándolos ante el Agente del Ministerio Público de Atención Temprana quien determinará su situación legal.

Cabe mencionar que dichas acciones de los anexos, no esta prohibido por la Ley ya que la Justicia Federal a determinado la siguiente tesis:

AMPARO LISO Y LLANO, PRIVACIÓN ILEGAL DE LA LIBERTAD

En centro de rehabilitación de Alcohólicos Anónimos. Hipótesis de una causa de inculpabilidad prevista en el artículo 29, fracción VIII, inciso b), del Código Penal para el Distrito Federal, consistente en error de prohibición indirecto invencible, ante la existencia de elementos de prueba aptos, idóneos, bastantes y concluyentes para tenerla por demostrada, respecto al delito que se le atribuye, puesto que si bien es cierto que privó de la libertad a los pasivos, también ello lo hizo bajo la falsa creencia de que su comportamiento estaba autorizado por una norma permisiva que realmente no esté reconocida en la ley, además de invencible, puesto que el activo poseía razones sensatas para suponer el carácter permitido de su hecho, como lo es: el trabajar en un lugar que se dedica a tratar a la gente con problemas de alcohol y drogadicción; este lugar se encuentra debidamente registrado mediante poder notarial; previo permiso otorgado por la Secretaría de Relaciones Exteriores; asociación civil que fue registrada por esa notaría ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, es decir, el Estado al otorgar dicha autorización conocía de antemano cuáles eran las funciones de dicha asociación civil, ya que inclusive es un problema de salud mundial, lo cual conllevo a la creación la Norma Oficial Mexicana NOM-028-SSA2-2009, para Prevención, Tratamiento y Control de Adicciones, e inclusive se encuentra previsto en el artículo 192 Sextus, de la Ley General de Salud; asimismo, las máximas de la experiencia nos enseña que existen lugares en donde se trata ese tipo de problemas -alcoholismo y drogadicción-, los cuales se anuncian por diversos medios de comunicación; máxime que su actuar siempre fue público, esto es, no se hizo de manera secreta, pues podía acudir cualquier particular a dicho lugar.

Pues, como poder aseverar, la misma justicia federal, analiza el cumplimiento de los requisitos para el funcionamiento de los anexos, por lo que considera qué no existe ninguna privación de la libertad.

Por César Gutiérrez, Reseña Urbana Medios | Reporterosmx